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Respuesta: Para afiliarte al Sistema de Seguridad Social, necesitamos validar la EPS que tienes asignada por el sistema, posterior a esto solo se necesita copia del documento de identidad, dirección de residencia, número de celular y correo electrónico.
Respuesta: Puedes incluir a uno de los dos tipos de beneficiarios que el sistema permite, bien sea: Esposa e Hijos, o los padres.
Respuesta: Desde 0 meses hasta los 24 años de edad (entre los 18 a 24 años se debe presentar certificado de estudio)
Respuesta: De acuerdo a la EPS que se encuentre inscrito, estas tienen una red de IPS (Instituciones prestadoras de Servicio) para la atención requerida por el usuario, las cuales se les informara oportunamente los puntos de atención y ubicación una vez se encuentre afiliado.
Respuesta:
Tiene derecho a:
Respuesta: Las personas con discapacidad tienen derecho a estar afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), recibir servicios en salud física y mental de acuerdo con su discapacidad, sin discriminación, en igualdad de condiciones que los demás, y en instituciones cercanas a su lugar de residencia”.
Respuesta: Sí, siempre y cuando tenga un año en su EPS actual o se requiere hacer unificación familiar; en caso de que su EPS ya no presta el servicio en su lugar de residencia.
Respuesta: Las Administradoras de Riesgo Laboral (ARL) es un grupo de entidades encaminadas a proteger y asegurar la vida de los empleados en las empresas, regulado por la Ley 1295 de 1994; es decir, son aseguradoras que cubren riesgos de tipo laboral, incluidos aquellos que se puedan generar de camino al lugar de trabajo.
Respuesta: Los beneficios de este tipo de seguro son diversos e importantes, a continuación, algunos de los mas relevantes:
Respuesta: Sí, pero solo si usted cotiza su Seguridad Social en calidad de Independiente. Si es empleado; si esta en calidad de cotizante independiente, es su empleador quien ha elegido al ARL que lo respaldara frente a cualquier tipo de accidente laboral de sus empleados.
Respuesta: Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), son instituciones privadas que tienen como único fin la administración de los fondos de pensiones bajo la modalidad de cuentas personales.
Respuesta: Si, es obligatorio estar afiliado a un fondo de AFP y realizar los pagos ya sea en calidad de independiente o como dependiente por empleador.
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